domingo, 8 de junio de 2014

LEY DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PUBLICOS DEL ESTADO Y LOS MUNICIPIOS

CC. DIPUTADOS SECRETARIOS DE LA H. LEGISLATURA DEL ESTADO

 

En uso de las facultades que me confieren los Artículos 59, Fracción II y 88 Fracción I, de la Constitución Política Local, me permito someter a la consideración de esa Honorable
Legislatura, por el digno conducto de ustedes, la presente iniciativa, que se  fundamenta en la siguiente:                                        
 

0 comentarios: